El derecho canónico medieval prohibía la usura de forma categórica: cobrar interés por un préstamo era pecado mortal, bajo la teoría de que el dinero era «estéril» y que cobrar por el mero transcurso del tiempo correspondía solo a Dios. Un negocio bancario existe fundamentalmente para desplegar capital y obtener un rendimiento de él, de modo que esta doctrina, aplicada al pie de la letra, habría hecho imposible la banca como profesión, en lugar de simplemente regularla.

Disimular un préstamo sobre el papel como otra cosa, sin una sustancia económica real detrás del disfraz, no habría satisfecho a los teólogos y canonistas que examinaban estos instrumentos. La laguna tenía que ser real, no cosmética: el beneficio debía provenir de una transacción que conllevara genuinamente riesgo e incertidumbre que la doctrina eclesiástica sobre la usura no alcanzara, no de un contrato simulado que evidentemente seguía siendo un préstamo con otra etiqueta.

El Banco de los Medici emitió letras de cambio (lettera di cambio): un comerciante que necesitaba capital en una ciudad lo recibía en moneda local, reembolsable meses después en otra ciudad y en otra moneda, a un tipo de cambio fijado en el contrato. Dado que los tipos de cambio de las divisas fluctuaban genuinamente y conllevaban riesgo real, y que el beneficio se registraba como diferencial cambiario en lugar de interés, los teólogos lo aceptaron como un servicio de cambio de divisas y no como un préstamo usurario; un registro documentado de 67 de estas letras muestra que el banco nunca sufrió una pérdida con este arreglo.

Reestructuró el préstamo como letras de cambio: el beneficio se registraba como diferencial cambiario sobre un riesgo cambiario real, que los teólogos aceptaron como cambio legítimo, no como usura.

El derecho canónico prohibía el interés en los préstamos, no el cambio de divisas con riesgo.

Las letras de cambio conllevaban un riesgo cambiario genuino, lo que las hacía creíbles como operaciones de cambio de divisas.

El beneficio se registraba como diferencial cambiario, no como interés, por lo que los teólogos las aceptaron como legítimas.

El banco estructuró el riesgo para que fuera real pero fiablemente favorable, evitando pérdidas mientras obtenía rendimientos equivalentes a intereses.

Cuando una norma prohíbe una transacción por su forma, reestructura la misma actividad económica en un instrumento permitido que conlleve un riesgo real que la norma no cubra.

Entre 1420 y 1450, los beneficios del Banco de los Medici procedentes de esta y otras operaciones relacionadas superaron los 290.000 florines —una riqueza extraordinaria en una época en la que un artesano cualificado ganaba entre 30 y 50 florines al año— y el banco se convirtió en banquero del propio papado, con su sucursal de Roma generando por sí sola un estimado del 63 % de los beneficios totales del grupo en su apogeo.

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Las fuentes

  1. Lend the money, go to hell? How the Medici family bypassed Christian ban on interest to make money by establishing the bill of exchange in 14th century Florence MoneyMuseum · moneymuseum.com
  2. The Rise and Fall of the Medici Bank: How Renaissance Florence Invented Modern Finance (1397-1494) Market Histories · markethistories.com